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Miguel de la Madrid authorises coin to celebrate Oil Nationalisation, Mexico City, 21 December 1987

MIGUEL DE LA MADRID H., Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
SE ESTABLECE LAS CAHACTERISTICAS DE LAS MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL 50 ANIVERSARIO DE LA EXPROPIACION PETROLERA.
ARTICULO 1o. - Se autoriza la emisión de· monedas de oro con valor nominal de un mil pesos, conmemorativa del 50 Aniversario de la Expropiación Petrolera, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:
DIAMETRO: 34.5 mm (treinta y cuatro milímetros, cinco décimos).
LEY: 0.900 (novecientos milésimos) de oro.
CONTENIDO: 1 (una) onza troy de oro puro
METAL DE LIGA: 0.100 (cien milésimos) de cobre.
PESO: 34.559 g. (treinta y cuatro gramos quinientos cincuenta y nueve miligramos). TOLERANCIA EN LEY: 0.001 (un milésimo) en más o en menos.
TOLERANCIA EN PESO: Por unidad, 0.060 g (sesenta miligramos); por conjunto de mil piezas, 0.5 g. (cinco décimos de gramo), ambas en más o en menos.
CANTO: Estriado.
CUÑOS:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso con gráfila en forma de puntos.
Reverso: Al centro, en relieve escultórico, la efigie del General Lázaro Cárdenas del Río en posición de frente, mirando ligeramente hacia la izquierda, en la parte inferior de la efigie el nombre "L. CARDENAS" y debajo de éste, circundando el marco, dos ramas de laurel entrelazadas; en el campo superior, siguiendo el contorno del marco, en dos renglones para leerse en dirección horizontal, las palabras "EXPROPIACION PETROLERA"; en el campo izquierdo, en conjunto. el signo de pesos"$", y a continuación el número "1000"; centrados en la parte inferior para ser leídos en dirección horizontal, en conjunto, en tres renglones, el número "50", la leyenda "Aniversario" y el período "1938-1988"; en el campo derecho el símbolo de la Casa de Moneda de México "M", y debajo de éste la leyenda "LEY 0.900'', el marco liso.
ARTICULO 2o. - Se autoriza la emisión de monedas de oro con valor nominal de quinientos pesos, conmemorativa del 50 Aniversario de la Expropiación Petrolera, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:
DIAMETRO: 29.0 mm (veintinueve milímetros).
LEY: 0.900 (novecientos milésimos) de oro.
METAL DE LIGA: 0.100 (cien milésimos) de cobre.
PESO: 17 280 g. (diecisiete gramos doscientos ochenta miligramos).
CONTENIDO: 1/2 (media) onza troy de oro puro.
TOLERANCIA EN LEY: 0.001 (un milésimo) en más o en menos.
TOLERANCIA EN PESO: Por unidad, 0.040 g (cuarenta miligramos); por conjunto de mil piezas, 0.5 g. (cinco décimos de gramo), ambas en, más o en menos.
CANTO: Estriado.
CUÑOS:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso con gráfila en forma de puntos.
Reverso: Al centro, ligeramente desfasada a la derecha, una reproducción en relieve del grupo escultórico de la Fuente de Petróleos situada en la Ciudad de México; en el campo superior, siguiendo el contorno del marco, la leyenda "CINCUENTENARIO"; en el campo izquierdo el número "500'' y al lado derecho de éste la palabra "PESOS", ambos para leerse en dirección vertical; en el campo inferior el período ''1938-1988”, abajo de éste, el símbolo de la Casa de Moneda de México ' M" y paralelo al marco "EXPROPIACION PETROLERA"; en el campo derecho la palabra "LEY" y abajo de ésta el número "0.900"; el marco liso.
ARTÍCULO 3o.-Se autoriza la emisión de monedas de plata con valor nominal de cíen pesos, conmemorativa del 50 Aniversario de la Expropiación Petrolera, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:
DIAMETRO: 38.0 mm (treinta y ocho milímetros).
LEY: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos) de plata.
PESO: 31.103 g. (treinta y un gramos ciento tres miligramos).
CONTENIDO: 1 (una) onza troy de plata.
TOLERANCIA EN LEY: 0.001 (un milésimo) en más.
TOLERANCIA EN PESO: Por unidad, 0.175·g. (ciento setenta y cinco miligramos); por conjunto de mil piezas, 0.5 g. (cinco décimos de gramo), ambas en más o en menos.
CANTO: Estriado.
CUÑOS:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso con gráfila en forma de puntos.
Reverso: Al centro, en relieve escultórico, la efigie del General Lázaro Cárdenas del Río en posición de frente, mirando ligeramente hacia la izquierda, en la parte inferior de la efigie el nombre "L. CARDENAS" y debajo de éste, circundando el marco, dos ramas de laurel entrelazadas; en el campo superior, siguiendo el contorno del marco, en dos renglones ·para leerse en dirección horizontal, las palabras "EXPROPIACIÓN PETROLERA"; en el campo izquierdo, en conjunto, el signo de pesos"$", y a continuación el número "100"; centrados en la parte inferior para ser leídos en dirección horizontal, en conjunto, en tres renglones, el número "50", la leyenda "Aniversario'·' y el periodo "1938-1988"; en el campo derecho el símbolo de la Casa de Moneda de México "M", y debajo de éste la leyenda "LEY 0.999", el marco liso.
ARTICULO 4o.-Se autoriza la emisión de monedas de plata con valor nominal de cincuenta pesos, conmemorativa del 50 Aniversario de la Expropiación Petrolera, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:
DIAMETRO: 32.0 mm (treinta y dos milímetros).
LEY: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos) de plata.
PESO: 15.552 g. (quince gramos quinientos cincuenta y dos miligramos).
CONTENIDO: 1/2 (media) onza troy de plata pura.
TOLERANCIA EN LEY: 0.001 (un milésimo) en más.
TOLERANCIA EN PESO: Por unidad, 0.117 g. (ciento diecisiete miligramos); por conjunto de mil piezas, 0.5 g. (cinco décimos de gramo), ambas en más o en menos.
CANTO: Estriado.
CUÑOS:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso con gráfila en forma de puntos.
Reverso: Al centro, ligeramente desfasada a la derecha, una reproducción en relieve del grupo escultórico de la Fuente de Petróleos situada en la Ciudad de México; en el campo superior, siguiendo el contorno del marco, la leyenda "CINCUENTENARIO"; en el campo izquierdo el número “50" y al lado derecho de éste la palabra "PESOS", ambos para leerse en dirección vertical; en el campo interior el periodo "1938-1988", abajo de éste el símbolo de la Casa de Moneda de México "M" y paralelo al marco la leyenda "EXPROPIACION PETROLERA"; en el campo derecho la palabra "LEY" y abajo de ésta el número "0.999"; el marco liso.
ARTICULO 5o.-Se autoriza la emisión de monedas de cuproníquel con valor nominal de cinco mil pesos, conmemorativa del 50 Aniversario de la Expropiación Petrolera, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:
DIAMETRO: 33.5 mm (treinta y tres milímetros, cinco décimos).
COMPOSICION: 0.750 (setecientos cincuenta milésimos) de cobre, y 0.250 (doscientos cincuenta milésimos) de níquel.
PESO: 17.3 g (diecisiete gramos tres décimos).
TOLERANCIA EN LA COMPOSICION: 0.015 (quince milésimos)en más o en menos.
TOLERANCIA EN EL PESO POR UNIDAD: 0.600 g. (seiscientos miligramos) en más o menos.
CANTO: Estriado.
CUÑOS:
Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso con gráfila en forma de puntos.
Reverso: Al centro. ligeramente desfasada a la derecha, una reproducción en relieve del grupo escultórico de la Fuente de Petróleos situada en la Ciudad de México; en el campo superior, siguiendo el contorno del marco, la leyenda "CINCUENTENARIO"; en el campo izquierdo, en conjunto, el signo de pesos "$" y a continuación el número "5000", ambos para leerse en dirección vertical; en el campo inferior el periodo "1938-1988", abajo de éste, el símbolo de la Casa de Moneda de México "M” y paralelo al marco la leyenda '' EXPROPIACION PETROLERA"; en el campo derecho el año de acuñación; el marco liso.
TRANSITORIO
ARTICULO UNICO.---El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D. F., a 18 de diciembre de 1987. - Dip. David Jiménez González, Presidente. - Sen. Armando Trasviña Taylor, Presidente. - Dip. Antonio Sandoval González, Secretario. - Sen. Abraham Martínez Rivero, Secretario.-Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Articulo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete. - Miguel de la Madrid H. - Rúbrica. - El Secretario de Gobernación, Manuel Bartlett D. – Rúbrica.