Venustiano Carranza authorises $20 gold coins, Mexico City, 27 June 1917
El ciudadano Presidente Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos, se ha servido dirigirme el decreto que signe:
"VENUSTIANO CARRANZA, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que en uso de las facultades extraordinarias de que me hallo investido en el Ramo de Hacienda por el II, Congreso de la Unión, y considerando la conveniencia de aumentar en las actuales circunstancias la acuñación de moneda, he tenido a bien decretar lo siguiente:
Art. 1º Se establece una moneda de oro de a veinte pesos, de 16% gramos (diez y seis dos tercios de peso), y 900 (novecientos) milésimos de ley, siendo por tanto, equivalente a dos monedas de a diez pesos o a cuatro de a cinco pesos, creadas por el Régimen Monetario de 25 de marzo de 1905.
El anverso consistirá en el Escudo de Armas de la Nación. En la parte superior y rodeando el águila se leerá: "Estados Unidos Mexicanos". En la parte inferior llevará una rama de laurel y otra de encino, sujetas por un lazo; hacia la parte media y a la derecha, el año. En la parte periférica habrá ochenta gráfilas escalonadas.
El reverso consistirá en el calendario azteca excéntricamente colocado en la parte superior. En la inferior y en forma de media luna, la leyenda VEINTE PESOS y más abajo, la inscripción "15 gramos oro puro". Contendrá igual número de gráfilas que el anverso.
El canto de la moneda llevará en hueco, la inscripción INDEPENDENCIA Y LIBERTAD.
Art, 2º Los detalles relativos al diámetro, tolerancia en peso y tolerancia en ley, serán motivo de disposición gubernativa posterior.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en México, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos diecisiete. — V. Carranza. — El Subsecretario de Hacienda Encargado del Despacho, R. Nieto. — Al C. Lie. Manuel Aguirre Berlanga, Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho del Interior .— Presente."
Lo que comunico a usted para su conocimiento y fines consiguientes. — Constitución y Reformas. —México, a 27 de junio de 1917.
El Subsecretario Encargado del Despacho del Interior, M. Aguirre Berlanga.